Hecho controvertido de la Jurisprudencia #4 de OCCIDENTAL DE AUTOBUSES C.A.

Un hecho controvertido, es aquel proceso sobre el cual no existe conformidad de las partes, según Carnelutti “son controvertidos los hechos afirmados y no admitidos”, en este caso, la diferencia debatida inicialmente es la siguiente:

Descubrimiento de inconsistencias que originaron un Impuesto Sobre La Renta, el cual está omiso en los ejercicios fiscales 2011 y 2012 del contribuyente, alterando los tramites tributarios, a lo cual el Tribunal Supremo de Justicia, indica que la corrección de errores de cálculo efectuadas por la Administración Tributaria y señaladas en la Resolución Culminatoria de Sumario Administrativo, obedeció en primer lugar al alegato presentado por la recurrente en el Escrito de Descargos como vicio de falso supuesto de hecho y de derecho. 




Referencias Bibliográficas:
- Decreto 1434 con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario (2001). Gaceta Oficial N° 6152, Extraordinario de fecha 18 de Noviembre 2014. 

- Jurisprudencia #04 - Expediente N° 2018-0392, de fecha once (11) de octubre del año 2018, publicada y registrada ante el Tribunal Superior de Justicia, sentencia bajo el N° 01042.

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